Ciudad de México, a 21 de agosto de 2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso del Estado de Yucatán a despenalizar el aborto.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Sala amparó a la asociación civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductivos, la cual presta servicios de interrupción de embarazo.
El Congreso de Yucatán tendrá que derogar los artículos 389, 390, 392 y 393 del Código Penal del estado que criminalizan el aborto.
Luego de que la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien presentara el proyecto argumentara que dichos artículos del Código penal del estado debían ser inaplicados solo a la esfera jurídica de la Asociación Civil amparada y a aquellas mujeres y personas con capacidad de gestar que sean asistidas y acompañadas por esta asociación.
Sin embargo, por mayoría los efectos se extendieron para que la irrupción del embarazo se despenalice en todo Yucatán.
La Asociación Civil ya había promovido un juicio de amparo indirecto en el que sostuvo que la cláusula constitucional que protege la vida desde la fecundación y el sistema normativo que penaliza el aborto en la entidad vulnera el derecho humano a decidir de los grupos que acompaña.